miércoles, 30 de noviembre de 2011

El hondureño Cristian Rolando García Jerezano luego de conocer el motivo de su presencia en la Fiscalía Séptima, apoyado por la Defensora Pública Licenciado Odilia Méndez Reyes, optó por acogerse al artículo 20 constitucional.-Foto de M. Rendón.-


HONDUREÑO, PAREJA DE PROCESADA POR ROBO COMPARECIO A LA FISCALIA SEPTIMA.-
Por Manuel Rendón Hernández.-
A efecto de que deje clara su postura en su posible participación del latrocinio cometido por la salvadoreña Ana Ruth López Chillín en agravio de su patrona Velia Lidia Mendoza Flores, fue presentado en la Agencia Séptima del Ministerio Público Investigadora a cargo del Licenciado Jesús Treviño Vega a fin de tomarle su declaración al señor Cristian Rolando García Jerezano, en virtud de ser señalado por la encausada quien se encuentra en el Centro de Ejecuciones de Sanciones a disposición del Juzgado Tercero Penal.-

Aunque la denuncia fue presentada también en la Agencia Séptima, al ser detenida la mujer de origen salvadoreño e interrogada por el Jefe de Grupo de Robos de la Policía Ministerial del Estado Javier Narváez, la mujer que admitió haber sido sirvienta de la señora Velia Lidia al aceptar haber cometido el robo de un lote de alhajar y dinero en efectivo, reveló que acudieran a su domicilio ubicado en la calle Escobedo número l000 zona centro, y le dijeran a su pareja sentimental Cristian Rolando Garcia Jerezano les hiciera entrega del producto del latrocinio y en efecto asi sucedió, por lo que en consecuencia puede resultarle por lo menos la presunta participación en el delito de Encubrimiento.-

García Jerezano, de origen hondureño de 25 años de edad y de ocupación chofer taxista, una vez que se le dio lectura a la declaración de su amasia Ana Ruth López en donde se le involucra de haber tenido conocimiento de dicho latrocinio, antes de dar respuesta consultó con una mirada con la Defensora Pública o de Oficio Licenciada Odilia Méndez Reyes, para luego admitir estar enterado del contenido de la misma pero de momento se acogió al contenido del artículo 20 constitucional solicitando copias certificadas de todo lo actuado para en su momento presentar su declaración por escrito.-


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